Según los Estatutos del COBDCV, entre sus funciones está promover el reconocimiento y el desarrollo profesional, el correcto ejercicio de la profesión y la formación de todos los profesionales que representa. Además, tiene la función de promover la formación y el perfeccionamiento profesional en las materias en las que es competente, tanto para los colegiados como para los no colegiados y pertenecientes a otras profesiones que quieran adquirir estos conocimientos, como puede ser el caso del profesorado de primaria y secundaria.
En esta línea, el colegio es una entidad colaboradora de la Conselleria d’Educació, Formació i Ocupació en los términos que regula la Orden 65/2012 que establece el modelo de formación permanente del profesorado y el diseño, reconocimiento y registro de las actividades formativas.
Cualquier centro educativo de la Comunidad Valenciana puede solicitar un curso a medida presencial o virtual, o bien solicitar el catálogo de cursos que tenemos a disposición de los interesados.
El centro incluirá el curso solicitado al COBDCV en el Plan de Acción Formativa (PAF), y pedirá al CEFIRE el reconocimiento al órgano competente en materia de formación del profesorado de la Conselleria d’Educació, Investigació, Cultura i Esport en los términos que regula la orden 65/2012.