Los mapas de bibliotecas como fórmula de planificación de los servicios bibliotecarios: el caso de Castilla-La Mancha

(2018/01) Símile núm. 38, Símile 2ª època

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Cualquier organización debería conducirse de forma planificada para conseguir objetivos previamente marcados. A menudo el dilema está en determinar cuáles son esas metas que deben alcanzarse. En el caso de cualquier servicio público, entre los que se encuentran las bibliotecas, el primer objetivo debería ser que el propio servicio público estuviera dimensionado a las necesidades ciudadanas a las que debe dar respuesta. Ningún objetivo posterior, relacionado con el rendimiento del servicio o la calidad del mismo, podrá alcanzarse si previamente el propio servicio no ha sido diseñado y realizado de forma dimensionada al territorio que debe atender.

Determinar el modelo o dimensión óptima de servicio adecuado a cada municipio es una labor compleja que, en la mayor parte de los casos, trasciende las capacidades y a veces hasta la visión de responsables técnicos y políticos. Por ese motivo, en determinadas materias, dentro de las competencias del Estado o de las Comunidades Autónomas, está la de armonizar el tipo de servicio público mínimo que los ciudadanos deben recibir de las administraciones. El asunto no es fácil.

En el caso de las bibliotecas públicas, este tema tiene muchas veces tintes esperpénticos ya que, como en otras áreas de la cultura de este país, todo el mundo parece saber qué es lo necesario. Cuántos responsables políticos e incluso técnicos ven suficiente, e incluso se muestran satisfechos, afirmando que la biblioteca de su municipio, de 40 metros cuadrados, abierta con un voluntario un par de tardes a la semana y dotada con los libros donados por un profesor que se cambió de casa, es suficiente para su pueblo de 3000 habitantes. Eso, señores, no es una biblioteca en este siglo, del mismo modo que ya no se ejerce la medicina sangrando a la gente.

Por tanto, es necesario que desde alguna instancia capacitada técnica y legalmente se determine qué tipo de servicio es el que cada municipio debe ofertar a sus ciudadanos; que determine, por ejemplo, que una localidad debe tener dos bibliotecas y no una, y cómo deben ser: qué tamaño debe tener, qué horas de apertura semanales y en consecuencia si debe contar con más personal o menos y con qué perfil.

Esta forma de planificar el servicio bibliotecario aparece en algunas legislaciones autonómicas bajo la denominación de mapa de bibliotecas. Así, el presente artículo pretende ofrecer una síntesis práctica de cómo se ha elaborado un mapa de bibliotecas autonómico a partir de un caso concreto: el mapa de bibliotecas de Castilla-La Mancha.

[vc_testimonial author=”Oscar Arroyo” company=””] En primer lugar, y esto creemos que es de vital importancia, el mapa de bibliotecas debe ser creado por Ley y, por lo tanto, esto implica una obligación legal para su elaboración, aprobación y mantenimiento tal y como veremos. [/vc_testimonial]

La Ley 3/2011 de la lectura y de las bibliotecas de Castilla-La Mancha establece en su artículo 17, la creación de mapa de bibliotecas. Por su concisión y claridad, reproducimos a continuación el artículo de forma íntegra:

Artículo 17. Mapa de bibliotecas

  1. La Consejería competente en materia de bibliotecas elaborará y mantendrá el Mapa de Bibliotecas de Castilla-La Mancha como herramienta básica de planificación.
  2. El Mapa evaluará los recursos existentes y las necesidades de los municipios estableciendo el tipo de servicio que corresponde a cada municipio en función de su población actual y futura. Las inversiones que lleven a cabo las diferentes Administraciones Públicas en cuanto a equipamiento y mantenimiento de servicios bibliotecarios tenderán a ajustarse a las previsiones y a los criterios establecidos en el Mapa de Bibliotecas de Castilla-La Mancha.
  3. La Consejería competente en materia de bibliotecas elevará al Consejo de la Lectura y Bibliotecas de Castilla-La Mancha para su aprobación, tanto el Mapa de Bibliotecas como sus posteriores modificaciones.

Sin entrar de momento al contenido que debe tener el mapa, del artículo de la Ley se puede extraer en primer lugar que la elaboración y aprobación del mismo tiene varias fases. Por un lado, la elaboración corresponde a la Consejería competente en materia de bibliotecas (en este momento la Consejería de Educación, Cultura y Deportes), pero la aprobación corresponde al Consejo de la Lectura y bibliotecas de Castilla-La Mancha. Este Consejo, creado por la misma Ley (art. 15), es un órgano de hasta 20 miembros de carácter eminentemente político compuesto por representantes de la Comunidad Autónoma, Diputaciones provinciales, Ayuntamientos, Universidad, bibliotecas escolares, otros tipos de bibliotecas, asociaciones profesionales de bibliotecarios y del sector del libro. La aprobación del mapa de bibliotecas, por tanto, compete en última instancia, al conjunto de administraciones y por lo tanto es comprensible que todas las sensibilidades se vean reflejadas en su contenido.

Siendo interesante e integradora la fórmula adoptada por la Ley para la aprobación del mapa, creemos que las vías dadas para su elaboración y revisión son, cuando menos, novedosas en el panorama nacional.

La Ley de bibliotecas de Castilla-La Mancha deja en manos de la administración autonómica la elaboración del Mapa. Sin embargo, la misma Ley en el artículo 33.2 d), afirma que corresponde a la Comisión técnica de la Red de bibliotecas públicas de Castilla-La Mancha “presentar a la Consejería competente en materia de bibliotecas modificaciones al mapa de bibliotecas de Castilla-La Mancha”. Del mismo modo, el artículo 34.2 e), establece que las Comisiones técnicas provinciales de la Red de Bibliotecas Públicas de Castilla-La Mancha, podrán “proponer a la Comisión Técnica de la Red, las modificaciones que estime oportunas del Mapa de bibliotecas públicas de Castilla-La Mancha”.

castilla-lamanchaEn este punto quizá sea necesario detallar qué son y qué funciones tienen estas dos Comisiones técnicas (regional y provinciales) de la Red de bibliotecas. Se trata de órganos de carácter eminentemente técnico compuestos principalmente por bibliotecarios de la red de bibliotecas públicas. La Comisión regional coordina e impulsa la Red de bibliotecas y las cinco Comisiones provinciales (una por cada provincia de Castilla-La Mancha), realizan esencialmente lo propio a nivel provincial. En resumen, la Ley habilita un canal desde los propios municipios y sus bibliotecas para participar en la elaboración del mapa a través de las Comisiones técnicas.

Pese a todo, la práctica nos ha hecho ver que contando en todo momento con las anteriores fórmulas de participación, es esencial un liderazgo a nivel autonómico que encamine la redacción de la propuesta. Y esta función ha recaído en nuestro caso en el Servicio de bibliotecas, libro y lectura dependiente de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes. Nuestra primera tarea a la hora de abordar la elaboración del mapa de bibliotecas fue centrar el estado de la cuestión. Para ello, contamos afortunadamente con un sistema de información absolutamente completo y fiable de la realidad bibliotecaria de nuestra región, tanto desde el punto de vista cuantitativo como de rendimiento de las bibliotecas. Teníamos, por tanto, una foto fija de la realidad bibliotecaria absolutamente fiable y detallada.

En segundo lugar, se realizó un estudio de los mapas de bibliotecas que ya existían en España. De todos ellos, las referencias principales fueron los mapas de Cataluña y del País Vasco y, a partir de ahí, se creó un grupo de trabajo con el objetivo de elaborar una propuesta de estándares sobre los que se basara posteriormente el mapa de bibliotecas municipio a municipio.

El grupo de trabajo estuvo compuesto por bibliotecarios de distinto perfil. Desde bibliotecarios de carácter municipal, de municipios de distinto tamaño (desde 1000 habitantes), hasta bibliotecarios de bibliotecas públicas del Estado, de la Biblioteca de Castilla-La Mancha, de órganos técnico administrativos y del propio Servicio de bibliotecas, quienes hicieron de enlace técnico y relatores. Todos ellos, además, pertenecían a distintas provincias de la región, con lo que esto implica a la hora de contar con distintas visiones y sensibilidades. En total, unas ocho personas.

mapabibliotecasEl grupo de trabajo se reunió de forma intensiva durante dos días completos y sus conclusiones fueron unos estándares bibliotecarios que fijaban, a partir de la realidad bibliotecaria de Castilla-La Mancha, una propuesta de indicadores esenciales basados en tramos de población homogéneos. Se establecieron indicadores relacionados con la infraestructura de los edificios de las bibliotecas, la colección y su renovación, condiciones de apertura y los recursos humanos. El resultado final no cumplió al 100% las expectativas de ninguno de los miembros del grupo de trabajo, pero se hizo un extraordinario trabajo de síntesis e incluso de empatía ante las realidades, necesidades y perspectivas de futuro de los demás. El resultado, en suma, fue un mínimo asumible por todos los miembros del grupo de trabajo y viable desde el punto de vista técnico.

En Castilla-La Mancha la Ley de bibliotecas establece la obligación de contar con biblioteca pública de titularidad municipal en las localidades mayores de 1000 habitantes. Por debajo de esa población, se establecen servicios de bibliotecas móviles (entre 300 y 1000 habitantes) y servicios de extensión bibliotecaria en municipios menores de 300 habitantes. Por lo tanto, los estándares, y posteriormente el propio mapa, están ajustados a esta circunstancia legal.

Sin embargo, la realidad es que muchos municipios menores de 1000 habitantes sí cuentan con biblioteca pública. Para estos casos, el mapa determinó finalmente unas “recomendaciones” para aquellos municipios que sin tener obligación de contar con biblioteca pública, sí cuentan con ella. Esencialmente esas condiciones se equiparan con las requeridas a los municipios de tramos de población entre 1000 y 2500 habitantes.

Por otro lado, el grupo de trabajo no abordó la propuesta referente a las cinco capitales de provincia de Castilla-La Mancha. La singularidad de estas ciudades a la hora de establecer una planificación de futuro y la existencia en cada una de ellas de una biblioteca de gestión autonómica, las BPE, hizo que esta parte del trabajo se derivara a una elaboración posterior. Para ello, desde hace unos meses, se han creado sendos grupos de trabajo compuestos, cada uno de ellos, por representantes técnicos del Servicio de bibliotecas, la BPE correspondiente y del Ayuntamiento de cada capital, cuyas conclusiones serán la base para la elaboración del mapa de estas ciudades.

Pero volviendo a la tramitación del grueso del mapa a lo largo de 2016 y 2017, a partir de los estándares elaborados por el grupo de trabajo, desde el Servicio de bibliotecas se elaboró una primera propuesta de mapa de bibliotecas realizada sobre una aplicación informática desarrollada por los servicios informáticos de la Junta de Castilla-La Mancha. La aplicación permite trasladar los indicadores de los estándares a cada uno de los 919 municipios de la región en base a su población. Esa primera versión fue elevada a la Comisión técnica de la Red de bibliotecas públicas quién, realizando algunos cambios y ajustes, asumió la propuesta presentada por el grupo de trabajo y acordó que fuera elevada al Consejo de la lectura y bibliotecas para su aprobación formal. El mapa, en definitiva, fue aprobado por el Consejo de la lectura y bibliotecas el 30 de junio de 2017.

La primera versión del mapa y dado que está basado en la realidad existente en los municipios de la región, contempla objetivos asumibles en general por la mayor parte de bibliotecas y municipios. Incluye indicadores con objetivos ampliamente alcanzados por ciertas bibliotecas y otros cuya consecución implicará de algunos esfuerzos e inversiones por parte de algunos municipios para alcanzar la media de su tramo poblacional. En este sentido, y desde la aprobación del mapa de bibliotecas, la Consejería de Educación, Cultura y Deportes de Castilla-La Mancha ya contempla como requisito en las líneas de ayuda que convoca el cumplimiento de ciertos aspectos básicos del mapa, o se valora especialmente su cumplimiento.

[vc_testimonial author=”Oscar Arroyo” company=””] Del mismo modo, el mapa no es una herramienta inamovible. Las funciones de las bibliotecas y las poblaciones de los municipios varían, y es necesario hacer periódicamente ajustes en los indicadores que permitan no perder nunca el pulso de las necesidades ciudadanas. [/vc_testimonial]

El mapa de bibliotecas es, en definitiva, una potente herramienta de planificación en primer lugar para los municipios. Supone contar con un modelo definido de servicio bibliotecario al que aspirar, adecuado a las necesidades locales según los parámetros técnicos más actuales. Permite no tener escusas para destinar los escasos recursos con los que se suele contar en bibliotecas en inversiones fuera de lugar. Tanto por defecto como por exceso. Conocidos son proyectos bibliotecarios gigantescos, excesivos para la población a la que sirve, y cuyo exorbitado coste de mantenimiento les hace inviables a medio plazo. En segundo lugar, el mapa de bibliotecas sirve como garantía, al menos sobre el papel, del derecho de todos los ciudadanos a servicios bibliotecarios equiparables en todo el territorio sin que el lugar de residencia, en un municipio u otro, sea un agravio comparativo para poder contar con mejores o peores servicios.

Finalmente, el mapa de bibliotecas sirve para que los propios ciudadanos sepan el tipo de servicio bibliotecario que les corresponde en su municipio y puedan exigir a sus representantes públicos su cumplimiento. Cuestión ésta que no debería ser baladí para nuestros responsables políticos.

Toledo, 16 de marzo de 2018

Autor: Oscar Arroyo Ortega, Jefe de Servicio de Bibliotecas, Libro y Lectura de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y presidente de la Comisión de Bibliotecas Públicas dentro del Consejo de Cooperación Bibliotecaria.

E-mail: oarroyo@jccm.es

 

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