Ley 19/2013 de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno, una asignatura pendiente en los pequeños y medianos municipios españoles (I)

(2022/04) Símile núm. 52, Símile 2ª època

 

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La Comisión Europea define a la administración electrónica como el uso de las Tecnologías de la Información y Comunicación (TIC) en las Administraciones Públicas, que comporta cambios en las organizaciones y en las aptitudes de los trabajadores públicos, con la finalidad de facilitar los procesos democráticos, así como los servicios públicos y el refuerzo de políticas públicas (Comisión Europea 2003). En consecuencia, el contexto de la administración electrónica permite a los ciudadanos nuevas formas de relación con la Administración, ya que el acceso de la información pública está disponible a un solo clic, en parte gracias a la normativa de transparencia. La Administración tiene la oportunidad de ser más transparente, abierta, eficiente y efectiva.

El derecho de acceso a la información es necesario e imprescindible en toda sociedad democrática para que se pueda configurar una opinión pública (Rollnert Liern 2015).

La ciudadanía demanda ser partícipe en el control de la gestión pública. Por ello la necesidad de transparencia se ha convertido en un adalid de la democracia en aquellas sociedades que pretenden ser modernas. La transparencia “es un instrumento clave para el control ciudadano del ejercicio del poder, entendido en su perspectiva más preventiva y represora, pero también desde la lógica de mejora de la administración pública” (Guichot 2014).

La legislación en materia de transparencia se estructura en obligaciones de publicidad activa para todas las Administraciones y entidades públicas, y en obligaciones de buen gobierno que deben cumplir los responsables públicos. Además, establece las consecuencias jurídicas derivadas de no cumplir las obligaciones.

La Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno (en adelante LTAIBG) marca unos estándares homologables al del resto de democracias consolidadas. Exige a la administración la publicación de:

  • información de las funciones que llevan a cabo, la normativa que les resulta de aplicación y su estructura organizativa, la publicación de los planes y la evaluación de su grado de cumplimiento (información institucional, organizativa y de planificación);

  • información de relevancia jurídica y que afecte directamente al ámbito de las relaciones entre la Administración y los ciudadanos, la ley contiene un amplio repertorio de documentos que proporcionan seguridad jurídica;

  • información económica, presupuestaria y estadística, la ley dispone de un amplio catálogo que debe ser accesible y entendible para los ciudadanos.

Los sujetos activos a los que se les aplica la LTAIBG son los sujetos que prestan un servicio público. La administración pública local es el primer órgano de comunicación y relación de los ciudadanos con sus representantes políticos. Los representantes públicos tienen la obligación de hacer pública toda la información sobre los recursos del ayuntamiento y cómo estos son utilizados (Gandía, Marrahí y Huguet 2016).

Un gobierno es transparente cuando ofrece información sobre su funcionamiento, rinde cuentas, explica sus acciones y se responsabiliza de sus actos (Morales, et alt 2016). Y esta acción resulta esencial para fomentar una cultura de la transparencia y de la rendición de cuentas (FEMP 2010).

Ciertamente los ayuntamientos deben de ofrecer una información clara, estructurada, entendible y accesible. De que le sirve al ciudadano tener mucha información si no está estructurada o no es entendible para él, debe de poder encontrar la información por sí solo.

En la actualidad la LTAIBG es una norma jurídica consecuencia de la inercia “histórica, política, social y, por supuesto, jurídica de la emergencia de la transparencia y el acceso a la información” (Cotino Hueso 2014) que permite considerar el derecho de acceso a la información pública como un derecho fundamental. Fomenta una democracia participativa y con igualdad de oportunidades.

Relevancia y actualidad

Referente a la LTAIBG la Administración General del Estado, las de las comunidades autónomas y las que integran las administraciones locales son órganos sujetos a cumplir con las obligaciones de transparencia.

Definimos “la transparencia en la gestión pública como la posibilidad de que los ciudadanos consigan acceder a cualquier tipo de información, registrada en cualquier soporte, generada por las entidades en el desarrollo de sus funciones” (Giménez Chornet 2012). La ciudadanía quiere saber cómo se toman las decisiones y cómo se manejan los fondos públicos, cuáles son los criterios que utiliza la administración pública, ya que son actividades y decisiones que les afectan. Se trata de romper la denominada “cultura del silencio” que muchos identifican con la excesiva burocracia y su presumible “intento de preservar su poder reaccionando con virulencia cuando se denuncia su tendencia al secretismo y a mantener en sus manos la información privilegiada. Esa reacción consiste en negar la falta de transparencia y tratar de ocultar los casos de corrupción que puedan aflorar restándoles importancia” (Blanes Climent 2013). El contexto político de los últimos años se ha visto salpicado por noticias relacionadas con la corrupción de cargos políticos, unido a una fuerte crisis económica, hace que la ciudadanía reclame soluciones. La ausencia de “transparencia” en la gestión de lo público ha generado que muchas instituciones se pongan al día con el cumplimiento de la LTAIBG. En el estudio número 3292 del Centro de Investigaciones Sociológicas (CIS) de España se cuestiona sobre las preocupaciones de los españoles y se observa que, tras la irrupción de la crisis sanitaria provocada por el coronavirus, la corrupción y el fraude suponen el cuarto problema de la población española (20,5%). En el estudio anterior del CIS número 3259 la corrupción política e institucional ocupa el segundo lugar (44,6%). Los ciudadanos perciben a los políticos como corruptos y esta situación puede cambiar aplicando la LTAIBG, de modo que se favorezca la participación de los ciudadanos y el acceso a la gestión pública. “En una sociedad democrática el bien común debe prevalecer sobre el individual” (Otero Parga 2018). Aparece el concepto de regeneración democrática ligado a la rendición de cuentas, la ciudadanía percibe un cambio de pauta, pasamos del silencio a la transparencia de modo que se favorece los conceptos de eficiencia y eficacia en la institución. Una administración pública fuerte y empoderada es el reflejo de un gran índice de transparencia y normas de buen gobierno, en ella los ciudadanos pueden ver y valorar la actuación de sus cargos públicos.

Cabe destacar que cuando hablamos de transparencia también hablamos del derecho de acceso a la información pública, aunque no son sinónimos. “El derecho de acceso a la información pública, configurado como derecho fundamental, garantiza la transparencia, pero ésta por sí sola no amplía los derechos, sino que necesita del acceso” (Sánchez-de-Diego 2013).

La situación de los pequeños ayuntamientos españoles. El caso de la Comunitat Valenciana

La administración local ha sufrido una cierta reforma con la legislación aparecida en los últimos veinte años que posibilita nuevo modelo de gobernanza de cara a la ciudadanía. Hablamos pues de una modernización de los Ayuntamientos y con la aparición de la LTAIBG las entidades locales tienen la posibilidad de mostrarse cercanas a los ciudadanos publicando las actuaciones y gestiones que llevan a cabo, de modo que el ciudadano conoce en cada momento las políticas y planes de gobierno y en qué se utiliza el gasto público.

La implantación de la LTAIBG en los Ayuntamientos reconoce la necesidad de que la ciudadanía adquiera conocimiento de “cómo se toman las decisiones que les afectan, cómo se manejan los fondos públicos o bajo qué criterios actúan nuestras instituciones” (Ruiz-Rico Ruiz 2016).

Para la adaptación a la LTAIBG en entidades locales la FEMP ha elaborado una Ordenanza de Transparencia.

Para poder llevar a cabo la LTAIBG los ayuntamientos necesitan de una página web y de un portal de transparencia. En la mayoría de los casos son las Diputaciones provinciales las entidades encargadas de facilitar estos recursos a los entes locales (recursos técnicos). Pero no sólo se trata de tener herramientas, sino que necesitamos de recursos humanos, alguien tendrá que volcar la información en la web y en el portal de transparencia, y esta persona necesitará de una formación específica.

Por otro lado, de nada sirve tener herramientas y personal si no se publica la información mínima establecida por la LTAIBG.

Bibliografía:

  • BLANES CLIMENT, Miguel Ángel, 2013. La transparencia informativa de las Administraciones públicas. El derecho de las personas a saber y la obligación de difundir información pública de forma activa [en línea]. Tesis doctoral. Alicante: Universidad de Alicante [consulta: septiembre de 2021]. Disponible en: http://rua.ua.es/dspace/handle/10045/35719

  • CENTRO DE INVESTIGACIONES SOCIOLÓGICAS, 2019. Barómetro de enero2019 [en línea]. CIS. Enero 2019 [consulta: septiembre de 2021]. Disponible en: http://datos.cis.es/pdf/Es3238mar_A.pdf

  • CENTRO DE INVESTIGACIONES SOCIOLÓGICAS, 2020. Barómetro de septiembre 2020 [en línea]. CIS. Septiembre 2020 [consulta: septiembre de 2021]. Disponible en: http://datos.cis.es/pdf/Es3292marMT_A.pdf

  • COMISIÓN EUROPEASEC (2003) 1038. El papel de la administración electrónica en el futuro de Europa [en línea]. [s.l.]: Comisión Europea. Septiembre de 2003 [consulta: septiembre de 2021]. Disponible en: https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/PDF/?uri=CELEX:52003DC0567&from=ES

  • COTINO HUESO, Lorenzo, 2014. La nueva Ley de transparencia y acceso a la Información. Anuario de la Facultad de Derecho [en línea]. Madrid: Universidad de Alcalá, nº 7, pp. 241-256 [consulta: septiembre de 2021]. ISSN: 1888-3214. Disponible en: https://dialnet.unirioja.es/servlet/articulo?codigo=5181001

  • FEMP, 2010. Calidad democrática y Buen Gobierno [en línea]. Madrid: AEVAL; Ministerio de Política Territorial y Administración Pública, FEMP. [consulta: septiembre de 2021].
    Disponible en: http://documentos.femp.es/files/11-1883-fiche-ro/Calidad%20Democr%C3%A1tica%20y%20Buen%20Gobierno.pdf?download=1

  • GANDÍA, Juan L., MARRAHÍ, Lucía y HUGUET, David, 2016. Digital transparency and Web 2.0 in Spanish city councils. Government information quarterly [en línea]. vol. 33, pp. 28-39 [consulta: septiembre 2021]. ISSN 0740-624X. Disponible en: https://www.sciencedirect.com/science/article/pii/S0740624X15300289

  • GIMÉNEZ-CHORNET, Vicent, 2012. Acceso de los ciudadanos a los documentos como transparencia de la gestión pública. El profesional de la in-formación [en línea]. Barcelona: EPI, nº 21(5), pp. 504-508 [consulta: septiembre de 2021]. ISSN 1699-2407. Disponible en: http://dx.doi.org/10.3145/epi.2012.sep.09

  • GUICHOT, Emilio, 2014. El sentido, el contexto y la tramitación de la ley de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno. En: VV.AA. Transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno. Madrid: Tecnos, 2014, pp. 17-34. ISBN 978-84-309-6166-5.

  • OTERO PARGA, Milagros, 2018. El compromiso con la transparencia. Especial referencia a la realidad gallega. Derechos y libertades [en línea]. Madrid: Universidad Carlos III de Madrid: Instituto de Derechos Humanos Bartolomé de las Casas, nº. 39, pp. 285-317 [consulta: septiembre de 2021]. ISSN: 1133-0937. Disponible en: https://e-archivo.uc3m.es/bitstream/handle/10016/28730/DyL-2018-39-otero.pdf?sequence=1&isAllowed=y

  • ROLLNERT LIERN, Göran, 2015. “Ley de transparencia y el derecho de acceso: la discusión doctrinal y parlamentaria en torno a su naturaleza de derecho fundamental”. En: Cotino Hueso, Lorenzo; Sahuquillo Orozco, José Luis; Corredoira Alfonso, Loreto(eds.). El paradigma del gobierno abierto. Retos y oportunidades de la participación, transparencia y colaboración [en línea]. Madrid: Universidad Complutense de Madrid, pp. 105-114 [consulta: septiembre de 2021]. ISBN: 978 8460696780. Disponible en: http://eprints.ucm.es/35859

  • RUIZ-RICO RUIZ, Catalina, 2016. Los municipios ante el reto jurídico de la transparencia. En: SÁNCHEZ DEDIEGO, Manuel (coord.). 31 visiones actuales de la transparencia. Madrid: Universidad Complutense; DKM, pp. 98-102 [consulta: septiembre de 2021]. ISBN 978-84-697-6138-0. Disponible en: https://eprints.ucm.es/id/eprint/44774/1/V_TRANSPARENCIA_DEF.pdf

  • SÁNCHEZ-DE-DIEGO, Manuel, 2013. Transparencia y acceso a la información pública ¿son lo mismo? Por un derecho fundamental a acceder a la información pública. En: Corredoira Alfonso, Loreto; Cotino Hueso, Lorenzo (dirs.). Libertad de expresión e información en internet. Amenazas y protección de los derechos personales. Madrid: Centro de Estudios Constitucionales, pp. 285-324. ISBN: 978 8425915611.

Autora: Úrsula Ferrando Guardiola

Coordinadora de la Comisión Técnica de Territorio del COBDCV.

Diplomada en Biblioteconomía y Documentación por la Universitat de València y Licenciada en Documentación por la Universitat Politècnica de València. He desarrollado mi actividad laboral en el mundo de las bibliotecas desde el año 2003. Técnico Medio de Biblioteca y Archivo en el Ayuntamiento de Callosa d’en Sarrià desde el año 2009, y en el año 2015 me encomendaron la tarea de iniciar la puesta en marcha el Servicio de Archivo Municipal, inexistente hasta la fecha.

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